El Documento electrónico de Control Administrativo (DeCA) será obligatorio en España a partir del 5 de octubre de 2026 para los transportes públicos de mercancías por carretera incluidos en su ámbito de aplicación. Si gestionas operaciones logísticas, necesitas entender qué es el DeCA, cuándo será obligatorio y por qué no debe confundirse con el eCMR.

¿Qué es el Documento electrónico de Control Administrativo (DeCA)?

El Documento electrónico de Control Administrativo, denominado DeCA, es la versión digital del documento de control administrativo exigible en determinados transportes públicos de mercancías por carretera en España.

Se trata de un documento de naturaleza administrativa que recoge los datos esenciales de la operación de transporte y permite ponerlos a disposición de los servicios de inspección y de los agentes de vigilancia del transporte.

El DeCA deberá generarse mediante una aplicación informática antes del inicio efectivo del servicio y deberá estar disponible durante el transporte.

Su implantación permite:

  • Reducir el uso de documentación en papel
  • Facilitar los controles en carretera mediante un código QR
  • Mejorar la trazabilidad documental de las operaciones
  • Registrar la creación y las modificaciones del documento
  • Facilitar el acceso al conductor y a los agentes de control

Diferencias entre el documento de control en papel y el DeCA

Aspecto Documento de control en papel DeCA
Formato Documento físico Documento electrónico en PDF
Generación Cumplimentación manual o impresa Generado mediante una aplicación informática
Acceso Mediante la copia física Mediante PDF, URL y código QR
Modificaciones Más difíciles de registrar y consultar Deben quedar identificadas y ser trazables
Control en carretera Presentación del documento físico Acceso electrónico mediante código QR
Conservación Archivo físico Conservación electrónica

DeCA, eCMR y eFTI: no son lo mismo

El DeCA no es el eCMR. Aunque ambos están relacionados con la digitalización del transporte de mercancías, tienen una naturaleza, una finalidad y un ámbito de aplicación diferentes.

El DeCA es el documento electrónico de control administrativo regulado por la normativa española para determinados transportes públicos de mercancías por carretera.

El eCMR es la versión electrónica de la carta de porte regulada por el Convenio CMR y su Protocolo adicional. Su finalidad es documentar el contrato de transporte internacional de mercancías por carretera.

El Reglamento eFTI establece un marco europeo para que las empresas puedan presentar información reglamentaria de transporte en formato electrónico ante las autoridades competentes.

Diferencias entre DeCA, eCMR y eFTI

Aspecto DeCA eCMR eFTI
Qué es Documento administrativo de control Carta de porte electrónica Marco europeo para intercambiar información reglamentaria
Finalidad Control e inspección administrativa Documentar el contrato de transporte Facilitar la presentación electrónica de información a las autoridades
Ámbito principal Transportes interiores y cabotaje en España Transporte internacional sujeto al Convenio CMR Transporte de mercancías en la Unión Europea
Normativa Normativa española de transporte terrestre Convenio CMR y Protocolo eCMR Reglamento (UE) 2020/1056
Obligatoriedad en España Obligatorio desde el 5 de octubre de 2026 dentro de su ámbito No deriva de la obligación española del DeCA Regula la aceptación de información electrónica por las autoridades

Importante: una carta de porte, un documento ADR, un documento de identificación de residuos, un documento SANDACH u otro documento de transporte podrá servir como DeCA si contiene todos los datos obligatorios y cumple los requisitos técnicos establecidos para el documento electrónico.

Marco legal y fecha de entrada en vigor

¿Cuándo será obligatorio el DeCA?

La Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible, establece que el documento de control administrativo regulado en la Orden FOM/2861/2012 deberá ser necesariamente digital a los diez meses de la entrada en vigor de la ley.

Por tanto, el DeCA será obligatorio a partir del 5 de octubre de 2026 para las operaciones incluidas en su ámbito de aplicación.

Normativas que regulan el DeCA

  • Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible: establece la digitalización obligatoria del documento de control administrativo
  • Orden FOM/2861/2012: regula el documento de control administrativo exigible en los transportes públicos de mercancías por carretera
  • Artículo 222 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres: regula la documentación de control en soporte electrónico
  • Resolución de 5 de junio de 2026: establece las características que deben reunir las aplicaciones y los documentos electrónicos de control administrativo
  • Reglamento (UE) 2020/1056, eFTI: establece el marco europeo para la información electrónica relativa al transporte de mercancías

¿A qué transportes afecta el DeCA?

El DeCA se aplica a los transportes públicos de mercancías por carretera incluidos en el ámbito de la Orden FOM/2861/2012.

Con carácter general, afecta a:

  • Transportes interiores cuyo origen y destino se encuentren en España
  • Operaciones de cabotaje realizadas dentro del territorio español
  • Transportistas autónomos y empresas de transporte que realicen operaciones sujetas al documento de control
  • Empresas cargadoras que contraten transportes sujetos a esta obligación
  • Operadores logísticos que actúen como cargadores contractuales o transportistas efectivos

Los transportes internacionales que únicamente discurran de forma parcial por España quedan, con carácter general, fuera del ámbito del documento de control español y se documentan conforme a los convenios internacionales que resulten aplicables.

No existe un importe mínimo general de 150 euros para determinar si debe generarse el DeCA. La obligación depende de la naturaleza y del ámbito del transporte, no del precio del servicio.

¿Quién debe formalizar el DeCA?

La obligación de formalizar el documento corresponde conjuntamente a:

  • Cargador contractual: la persona física o jurídica que contrata directamente el transporte con el transportista efectivo
  • Transportista efectivo: la persona física o jurídica titular de la autorización bajo la que se realiza materialmente el transporte

Ambas partes deben garantizar que el documento se formalice antes del inicio del servicio y esté disponible durante el transporte.

El cargador contractual responde principalmente de los datos relativos a las partes contratantes, el origen, el destino, la naturaleza y el peso de la mercancía.

El transportista efectivo responde principalmente de los datos relacionados con las autorizaciones especiales, la fecha de realización del transporte y las matrículas de los vehículos utilizados.

Excepciones: ¿qué transportes no están obligados?

Entre las excepciones contempladas por la normativa se encuentran:

  • Transportes para los que no resulte necesaria la obtención de un título habilitante administrativo
  • Transportes de mudanzas
  • Transportes de vehículos accidentados o averiados realizados en vehículos especiales
  • Determinados servicios de paquetería o reparto de pequeños bultos que puedan ser manipulados fácilmente por una persona

La aplicación de una excepción deberá analizarse atendiendo a las características concretas de cada transporte.

¿Qué información debe incluir el DeCA?

El Documento electrónico de Control Administrativo deberá contener, al menos:

  • Nombre o razón social, NIF y domicilio del cargador contractual
  • Nombre o razón social y NIF del transportista efectivo
  • Lugar de origen del envío
  • Lugar de destino del envío
  • Naturaleza de la mercancía transportada
  • Peso de la mercancía
  • Fecha de realización del transporte
  • Matrícula del vehículo tractor
  • Matrícula del semirremolque o remolque, cuando corresponda
  • Identificación de la autorización especial de circulación, cuando resulte necesaria
  • Observaciones, reservas u otras indicaciones acordadas por las partes

Requisitos técnicos del DeCA

Generación mediante una aplicación informática

El DeCA deberá generarse de forma nativa a partir de los datos almacenados en una aplicación informática.

No será válido generar el documento mediante:

  • El escaneo de un documento en papel
  • Una fotografía del documento
  • La conversión a PDF de una imagen digitalizada

Formato del documento

El fichero electrónico deberá:

  • Generarse en formato PDF
  • No superar los 5 MB
  • Incluir la fecha y hora de creación
  • Registrar la fecha y hora de modificación cuando se produzcan cambios

Código QR y acceso al documento

El documento deberá incluir un código QR que dirija a una dirección web única y específica para ese DeCA.

La dirección web deberá:

  • Utilizar el protocolo HTTPS y TLS 1.2 o superior
  • Permitir la descarga directa del PDF
  • No exigir usuario, contraseña ni ningún otro sistema de autenticación a los agentes de control
  • No dirigir a una página intermedia con botones o pasos adicionales
  • Mantenerse operativa, como mínimo, hasta la finalización del transporte

Transcurridos siete días naturales desde la finalización del servicio, podrá desactivarse la descarga desde la URL asociada al código QR.

Acceso para el conductor

Antes del inicio efectivo del transporte deberá entregarse al conductor una copia del DeCA.

El conductor podrá llevar:

  • Una copia electrónica disponible en un teléfono móvil, tableta u otro dispositivo
  • Una copia impresa en papel que incluya el código QR

En un control en carretera deberá poder mostrar el documento o el código QR que permita acceder a él.

Conservación del documento

El cargador contractual y el transportista efectivo deberán conservar el fichero electrónico durante al menos un año.

Si el documento ha sido generado por una de las partes, será suficiente con que la otra pueda descargarlo y conservarlo durante el plazo exigido.

Firma electrónica

La firma electrónica no es obligatoria con carácter general para la validez administrativa del DeCA.

Cuando el documento se utilice también para formalizar una relación contractual y sea necesario incorporar firmas, deberá emplearse, como mínimo, una firma electrónica avanzada conforme al Reglamento eIDAS.

¿Se puede modificar un DeCA una vez iniciado el transporte?

Sí. Si durante el servicio es necesario cambiar algún dato, existen dos posibilidades:

  1. Modificar el PDF existente: se añadirán los nuevos datos y el motivo del cambio, manteniendo visibles los datos anteriores e indicando que han dejado de ser válidos
  2. Generar un nuevo PDF: el nuevo documento tendrá una URL y un código QR diferentes y deberá conservarse también el documento original

En ambos casos, el documento actualizado deberá ponerse a disposición del conductor y deberá garantizarse la trazabilidad de las modificaciones.

¿Qué ocurre si no se dispone del DeCA?

La falta de formalización del documento de control, su ausencia durante el transporte o la inclusión de datos incorrectos puede constituir una infracción de la normativa de ordenación del transporte terrestre.

La responsabilidad podrá recaer sobre el cargador contractual, el transportista efectivo o ambos, en función de la obligación incumplida y de los datos afectados.

Además de las posibles sanciones económicas previstas en la normativa de transporte, no disponer del documento puede provocar incidencias y retrasos durante una inspección en carretera.

Ventajas de implementar el DeCA

Beneficios operativos

  • Reducción del uso de documentación en papel
  • Acceso más rápido a los documentos de transporte
  • Mayor trazabilidad de las modificaciones
  • Facilidad para compartir el documento con el conductor
  • Agilización de los controles mediante código QR
  • Integración con los sistemas de gestión logística

Ventaja competitiva

  • Adaptación anticipada al nuevo marco normativo
  • Procesos documentales más ágiles
  • Reducción de errores administrativos
  • Mejor coordinación entre cargadores, transportistas y conductores
  • Mayor control sobre la documentación de cada transporte

¿Cómo prepararse para el DeCA?

  1. Identifica qué operaciones de transporte están sujetas al documento de control administrativo
  2. Comprueba que dispones de todos los datos obligatorios
  3. Selecciona una solución tecnológica adaptada a los requisitos del DeCA
  4. Define quién crea, modifica, comparte y conserva cada documento
  5. Forma a conductores, agentes de tráfico y personal administrativo
  6. Realiza pruebas de generación, descarga y lectura del código QR
  7. Integra la generación del DeCA con tu TMS, ERP o plataforma logística

ORUS Logistics: tu solución para el DeCA

En ORUS Logistics estamos preparando una solución que permitirá generar, gestionar, descargar y compartir el Documento electrónico de Control Administrativo desde una única plataforma.

Con ORUS podrás:

  • Generar el DeCA en formato digital
  • Crear el PDF con su código QR y URL única
  • Compartir el documento con el conductor
  • Facilitar el acceso a los agentes de control
  • Registrar la creación y las modificaciones del documento
  • Conservar y consultar el histórico de los DeCA
  • Centralizar los datos de cargadores, transportistas, vehículos y mercancías
  • Integrar el DeCA con los procesos logísticos de la empresa

Menos llamadas, más control y una documentación preparada para el nuevo marco normativo del transporte.

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